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¿Cuánto podrías cobrar de dependencia?

Actualizado el Revisado con fuentes oficiales

Elige el grado de dependencia y el tipo de ayuda. Te mostramos las cantidades oficiales vigentes en 2026: el máximo que se puede cobrar y el mínimo garantizado si se concede.

Grado de dependencia (reconocido o el que esperas)
¿Qué tipo de ayuda?

De dónde salen estas cifras

Las cuantías máximas y mínimas y las horas de ayuda a domicilio están en el Real Decreto 1051/2013, en la redacción del Real Decreto 675/2023. El grado III+ lo añadió el Real Decreto-ley 11/2025. Tienes la explicación completa en grados y cuantías.

Preguntas frecuentes

¿Por qué la calculadora da un máximo y no una cantidad exacta?

Porque la cantidad final la calcula tu comunidad según la capacidad económica de la persona (renta y patrimonio) y descontando otras ayudas similares. La ley fija un máximo y un mínimo, y entre ambos se sitúa lo que se cobra.

¿Estas cantidades son de 2026?

Sí. Son las fijadas por el Real Decreto 675/2023, que no ha cambiado en 2026. El grado III+ se añadió en octubre de 2025.

¿Puede mi comunidad pagar más?

Sí. Algunas comunidades complementan las cuantías estatales con fondos propios.