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¿Se ha pasado el plazo de tu solicitud de dependencia?

Actualizado el Revisado con fuentes oficiales

La ley da a la administración 6 meses para resolver la dependencia desde que la pides. Pon tus datos y en un momento sabrás cuántos días lleva tu solicitud, si se ha incumplido el plazo y qué puedes hacer. Si ha vencido, te dejamos el escrito de reclamación preparado.

Mira el justificante de registro o la copia sellada.
¿En qué punto está ahora?

Cómo calculamos

  • Plazo legal: 6 meses desde la solicitud (disposición final primera de la Ley 39/2006). También te mostramos cuándo vencería con los 3 meses de la reforma aprobada en 2026, que aún no está en vigor.
  • Atrasos: si pasan los 6 meses sin resolución, las prestaciones económicas se generan desde que vence el plazo. La ayuda por cuidados en familia puede tener hoy un plazo suspensivo de hasta 2 años, que la reforma elimina.
  • Tiempo medio de tu comunidad: Observatorio Estatal de la Dependencia, datos a 31 de mayo de 2026.

Más detalle en plazos y retrasos de la dependencia.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué fecha se cuenta el plazo?

Desde la fecha en que se presentó la solicitud en el registro. Es la que aparece en tu justificante o en la copia sellada.

¿Mis datos se envían a algún sitio?

No. La calculadora y el escrito se generan en tu propio navegador. No guardamos ni recibimos nada de lo que escribes.

¿El escrito sirve en cualquier comunidad?

Sí. Es un escrito general pidiendo que la administración resuelva, basado en la ley estatal. Se presenta en el registro de tu comunidad, en los servicios sociales o por la sede electrónica.

¿Me aseguran que cobraré los atrasos?

No podemos asegurarlo: depende de tu caso y de la resolución. Lo que hace el escrito es dejar constancia de que el plazo ha vencido y pedir que se reconozcan los efectos económicos desde esa fecha, como marca la ley.